Al Defensor del Pueblo de Navarra

Al Defensor del Pueblo de Navarra
enero 30, 2009 1 Comment Documentos ekimena

Durante los dos últimos años la Iniciativa Popular Sanfermines 78 Gogoan!, en la que participan y apoyan más de cincuenta colectivos sociales, sindicales y políticos, esta trabajando en la recuperación de la memoria de los sucesos que ocurrieron en Pamplona en Julio de 1978. Sumándose a esa iniciativa en el pasado mes de junio, un grupo de profesionales del Derecho suscribieron el comunicado cuya copia se adjunta, en el que expresan sus reflexiones sobre la falta de respuesta de los poderes públicos a la demanda social de verdad, justicia y reparación, por aquellos gravísimos hechos.

Ahondando en las perspectivas contenidas en el mencionado manifiesto, damos un paso más al presentar esta queja ante una Institución Foral como es el Defensor del Pueblo de Navarra. Y lo hacemos con el convencimiento de que nos estamos dirigiendo a una institución cuyo objetivo es garantizar los derechos subjetivos públicos que el ordenamiento jurídico reconoce a la ciudadanía. De conformidad con ello, apelamos al alto comisionado del Parlamento de Navarra, designado por éste para la defensa y mejora del nivel de protección de los derechos y libertades amparados por las leyes, al objeto de salvaguardar a la ciudadanía frente a una clara actuación negligente por parte de la Administración.

Tanto en los sucesos de julio de 1978, como en su posterior consideración por las diferentes instituciones de la Comunidad Foral, del Estado y de la Justicia, se aprecia la presencia de una conculcación de varios elementos de interés general, como son la falta de esclarecimiento de aquellos hechos, la negativa por parte de los tribunales a enjuiciarlos y la ausencia total de responsabilidades por quienes los cometieron. Lo que significa la vulneración, entre otras cuestiones, del derecho a obtener un procedimiento judicial justo contemplado en el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Después de treinta años, organismos populares de todas clases, sindicatos, las peñas de Pamplona…, es decir una parte muy representativa de la sociedad de Navarra siguen demandando una respuesta por parte de la Administración. Creemos que una institución como el Defensor del Pueblo de Navarra no puede quedar al margen de este anhelo social. Solicitamos su intervención por considerar que es necesaria para proteger, defender, amparar, asegurar….el derecho a la vida, a la integridad física, a la fiesta, a la libertad de expresión… de aquellas personas y para mejorar el nivel de protección de los derechos de toda una colectividad como es la de Navarra.

Conocido es que los diversos procedimientos judiciales abiertos han sido cerrados sin que ninguno de ellos haya avanzado en el terreno de una respuesta satisfactoria para el conjunto de la sociedad, por lo que nos encontramos ante una justificada queja por clara negligencia de la Administración de Justicia en Navarra. Pero no por ello la Institución del Defensor del Pueblo de Navarra debe rechazarla por ser una cuestión ajena a su ámbito funcional. En tal caso, se convierte, por mandado del legislador (artículo 13.1 LFDP) en un canalizador de la misma, debiendo dirigirla al Ministerio Fiscal o al Consejo General del Poder Judicial. También la Ley Foral le habilita para, previamente a esa transmisión, trasladar la queja al órgano judicial afectado, en este caso el Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

Pero no consideramos que únicamente se trata de un asunto en el que esté implicada la Administración de Justicia, también el Parlamento Foral de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, se encuentran involucrados. En este sentido resulta sintomático que ambas instituciones no se hayan pronunciado sobre aquellos acontecimientos a los largo de los años, contrastando con actuaciones que otras administraciones como las de Andalucía han realizado sobre hechos similares, como por ejemplo el asesinato de Manuel José García Caparrós por disparos de la policía nacional el 4 de diciembre de 1977 en Málaga mientras participaba en una manifestación, y declarado posteriormente por el Parlamento de la Comunidad “hijo predilecto de Andalucía”.

Por ello, igualmente, nos dirigimos al Defensor del Pueblo en Navarra para que, en consonancia con su figura de ararteko, es decir de mediador, intervenga para recomendar y sugerir tanto al Parlamento Foral como al Ayuntamiento de Pamplona, la conveniencia de propiciar unas comisiones abiertas de investigación sobre aquellos sucesos y la adopción de pronunciamientos y medidas administrativas que contemplen la reparación política, social y económica por aquellas agresiones.

Por todo ello nos dirigimos al Defensor del Pueblo de Navarra, para presentar esta queja por unos hechos de sobra conocidos, que incluyen un asesinato, heridos de bala, contusionados, y unas fiestas rotas, y que no han merecido ninguna respuesta por parte de las diversas administraciones.

Por nuestra parte nos queda reafirmar nuestra disposición a colaborar con todo nuestro empeño con el Defensor del Pueblo, poniendo a su disposición cuantos documentos obren en nuestro poder sobre los sucesos de julio de 1978, algunos de los cuales adjuntamos al presente escrito, así como la aportación del testimonio personal de algunos de los heridos y damnificados por aquellos hechos. Y solicitamos de esa Institución, si así lo considera, el mantenimiento de una entrevista personal al objeto de manifestar de forma más directa nuestras consideraciones al respecto, así como la apertura de la correspondiente investigación y la adopción de las resoluciones sugerentes y admonitorias dirigidas a las administraciones que correspondan, a través de las cuales se exprese el criterio de tal institución parlamentaria sobre la conculcación de los derechos y libertades que se produjeron en Pamplona el 8 de julio de 1978.

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  1. 1

    Txema

    Yo, por otro tema totalmente diferente, tuve que reclamar al defensor del pueblo, no hay que esperar gran cosa de él, simplemente va escurriendo el bulto.

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